The Participation Regulation for Training of the Mexican Football Association

January 22, 2024

Por Juan Manuel López Ruiz.

A partir de este torneo, la Federación Mexicana de Fútbol ha empezado a aplicar su reglamento de Participación por Formación, para transferencias y operaciones que se generen dentro del mercado nacional.

Es importante tomar en consideración que FIFA establece reglas para el pago de la Participación por Formación dentro del entorno internacional, es decir, en jugadores que son transferidos entre Clubes de diferente nacionalidad, o bien, cuya transferencia o registro tiene un carácter de internacionalidad. En lo que se refiere a las transferencias nacionales, FIFA no interviene; sin embargo, a últimas fechas, ha obligado a las asociaciones nacionales a establecer reglamentos de participación por formación internos en lo que se refiere a transferencias locales.

Como consecuencia, la Federación Mexicana de Fútbol, después de muchos intentos, publicó, en Julio del 2020, el Reglamento de Participación por formación para transferencias internas, mismo que aplica a partir del torneo Clausura 2021. Este reglamento sustituye al reglamento de Formación que existía en la FMF desde la temporada 2008-2009, mismo que, prácticamente, no tuvo aplicación, debido, primeramente, a lo complicado de los plazos para ejercer el cobro y, además, a las bajas cantidades de formación a cubrir – se establecía un máximo de cien mil pesos como monto máximo a pagar a un club formador, dependiendo de su categoría – lo cual generó que el Reglamento pasara casi desapercibido.

Después de analizar diferentes propuestas, la Federación Mexicana de Fútbol emitió el nuevo reglamento, que, en principio, es un gran avance para los clubes formadores: Se establecen montos similares de formación a los que establece FIFA para transferencias internacionales en el área de CONCACAF: $ 2,000.00 USD anuales para los clubes formadores entre los 12 y los 15 años del jugador, y $ 40,000.00 USD anuales para los clubes formadores entre los 16 y los 21 años del jugador.

Sin embargo, es necesario analizar los conceptos y momentos en que la formación procede en el Reglamento de Formación de la FMF. Es de todos conocido que, el Reglamento sobre el Estatuto y Transferencia de Jugadores de FIFA establece dos momentos para el pago de la Formación: a) El momento en que el jugador firma su primer contrato como profesional, caso en el que todos los clubes formadores tienen derecho a cobrar la formación y, b) El momento en el que un jugador, ya profesional, es transferido entre clubes de dos diferentes asociaciones antes de cumplir los 23 años, caso en el que únicamente tiene derecho al cobro de la formación el último club en el que el jugador participó antes de la transferencia.

Pues bien, el reglamento de la FMF establece los siguientes momentos para que el cobro de la formación sea procedente: a) Cuando el jugador sea registrado por primera vez en la Liga Mx y b) Cuando un jugador que se encuentre registrado en Expansión Mx con carnet único, Sub 20 o Sub 17, y participe en Liga Mx un mínimo de 765 minutos en la Liga Mx. Para la procedencia de la formación, es necesario que alguno de estos supuestos se de antes de finalizar la temporada en la que el jugador cumpla 23 años de edad.

El Reglamento precisa que el pago de la formación se hará una sola vez, a todos los clubes formadores, siempre y cuando: a) no hayan rescindido unilateralmente el contrato del jugador, o hubieran sido condenados por alguna autoridad por terminación unilateral sin justa causa del contrato del jugador y, b) No lo hubieran transferido con costo a otro club.

Aunque estos supuestos parezcan evidentes, el segundo de ellos no lo es tanto: un club formador que vende a un jugador o lo transfiere con costo, aún en forma temporal, pierde el derecho de cobrar formación. Esto puede parecer malo, sin embargo, sí establece un monto base para la transferencia con costo de un jugador: Si el jugador se vende o se presta con costo, se pierde la posibilidad de cobrar hasta $ 40,000.00 USD al año, así que los clubes formadores deben tener siempre presente este monto.

Ahora bien, uno de los artículos del Reglamento por Formación establece un requisito para la procedencia del pago que, a nuestro juicio, sí puede limitar mucho la cantidad de operaciones que ameriten el pago a los clubes formadores. El artículo octavo del reglamento establece que, para que proceda el pago de la indemnización por formación, es necesario que el jugador sea registrado en la Liga Mx como jugador libre de contrato o sea transferido sin costo. Este punto sí puede afectar sensiblemente a los clubes formadores, quienes no podrían tener decisión en la forma en que el club cedente transfiera al jugador al club cesionario, y verían afectados sus derechos como clubes formadores.

Finalmente, el Reglamento establece otro requisito para que los clubes formadores puedan recibir los montos que les corresponden por la formación: Deben estar al corriente en sus cuotas y obligaciones con la FMF y el resto de los afiliados. Así, los clubes formadores deben tener especial cuidado en no tener adeudos, ya que esto implicaría perder el derecho a cobrar.

El Reglamento por Formación establece que los montos que deban cobrar los clubes formadores deberán ser calculados en automático por la Federación y entregar los montos directamente a los clubes. Esto, en principio, podría hacernos pensar que no es necesario estructurar ninguna estrategia de formación de jugadores; sin embargo, los clubes que obtienen buena parte de sus ingresos en la formación y venta de jugadores, requieren hacer una estrategia legal integral para que estos montos no se vean comprometidos, y puedan cobrar, de una u otra manera, la formación realizada a sus jugadores.

https://fmf.mx/docs/Reglamentos/Reglamento_de_Formacion_2020.pdf

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